domingo, 6 de enero de 2013

Expectativas del Proceso Penal.



El Presidente de la República Hugo Chávez Frías a través del Decreto N° 9.041 dicto el Decreto con Rango. Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal (COPP), entrando en vigencia en su totalidad el primero de enero de 2013, el procesal penal venezolano soportará cambio esenciales, los operadores de justicias tienen que estar muy atentos sobre esta innovación, aunque es bien conocidos por aquellos estudiosos del proceso,  que algunos cambios ya venían ejecutándose por sentencias vinculantes del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). El impulso del COPP, es busca disminuir el retardo procesal, que se ha constituido como uno de los principales problemas que viene afectando el correcto funcionamiento del sistema de justicia penal


En este mismo orden de ideas, es preciso señalar que el sistema procesal penal continuara predominando el juicio oral, será más estricto las reglas que definen las condiciones para la incorporación de prueba al proceso. Se ha dicho que en gran parte estas reglas forman cuota a la necesidad de proteger el material probatorio. Teniendo todo la responsabilidad del juzgamiento el juez profesional, encarnara el juez la obligación de redactar una sentencia fundamentada, viéndose muy fácilmente el peso que le adscribirá.


En esta columna se harán los análisis correspondiente a la entrada en vigencia del COPP, la cual se desprenderá como siempre de la doctrina patria y las distintas sentencias del TSJ, siempre motivado al rescate de nuestra leyes el cual son las que regulan nuestras vidas, espero que pueda contribuir para alimentar noción sobre el ejercicio de la función penal. Logrando una visión congruente para que impere la seguridad jurídica.

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