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domingo, 21 de diciembre de 2014

Lo que viene en Responsabilidad Penal Para los Adolescentes.



Ya está por culminar el año 2014, todos están haciendo un balance del año que culmina, a nivel legislativo nos encontramos con 56 decretos leyes con rango, valor y fuerza de ley promulgadas por el presidente Nicolás Maduro, entre ellas resalta lo referente al sistema tributario del país con reformas a la ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley del IVA y al Código Orgánico Tributario, estableciendo nuevos impuestos, aumentos de impuestos y nuevos procedimientos todo con el propósito de impedir la evasión de impuestos.

En la Asamblea Nacional fue sancionada la Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y Adolescente (LOPNNA), Es transcendental indicar que esta Ley fue decretada en el año 1998, luego en 2007 se ejecutó una primera reforma para fortalecer la protección de los derechos de los niños y adolescentes en nuestra sociedad y ahora en este 2014 tiene su segunda reforma, su innovación se enfocó básicamente en el Sistema de Responsabilidad Penal modificándose en su conjunto 156 artículos.

Resaltando como cambio sustancial en su ámbito de aplicación, actualmente está vigente la responsabilidad penal entre los 12 hasta los 17 años, en la reforma establecerá que serán aplicadas a todas las personas con edad comprendida entre catorce (14) y menos de dieciocho (18) años al momento de cometer el hecho punible. Es decir podemos inferir que hay una ampliación de la infancia, sería hasta los 13 años. Para aquellos menores de 14 años y se encuentren incurso en algún hecho punible se le aplicaran medidas de protección y no sanciones.

Cabe agregar, la aplicación de 6 tipos de medidas de corrección a saber: orientación verbal educativa, imposición de reglas de conducta, servicios a la comunidad, libertad asistida, semi-libertad y la privación de libertad que será ahora como condena máxima de 6 a 10 años.

En ese mismo sentido, dos artículos el 264 y 265 de la LOPNNA, referente para aquellos adultos que cometan delitos con un niño, niña o adolescente su pena será entre 20 y 25 años, y si son reclutados para grupos criminales puede llegar la pena a 30 años.

En fin, esta nueva reforma, ya está aprobada por la Asamblea Nacional, pero entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, vendrá a dar un vuelco al tratamiento de todos nuestros chamos que estén incurso en delitos en este año 2015.

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domingo, 13 de febrero de 2011

La Protección del Niño, Niña y del Adolescente, un asunto Vital.


En Venezuela, a partir del año 1998, cuando se promulga la Ley Orgánica de Protección al Nino, Niña y Adolecente (LOPNNA), se rompe con varios paradigmas doctrinales, en donde se puede mencionar que el término “menor” que desde el punto de vista jurídico es entendido como aquella persona que no había cumplido la mayoría de edad, en la práctica era mal interpretado como un termino peyorativo, denigrante que daba entender que significa delincuente, abandonado, forajido, desterrado, entre otros.

En la mencionada ley, se establece la diferencia entre niño, niña y adolescente. Niño o niña es toda persona con menos de doce (12) años de edad. Adolescente es toda persona con edades comprendidas entre los doce (12) y los dieciocho (18) años. Es importante aclarar esto, por cuanto la ley establece responsabilidades diversas dependiendo a cada etapa.

Esta nueva legislación constituye principios que forman los pilares fundamentales del Estado, como: el interés superior, la prioridad absoluta y el rol de la familia como derechos del niño, niña y adolecente, a tal efecto el Estado debe garantizar la armonía de la familia a través de la ayuda necesaria para que esta pueda cumplir con las responsabilidades.

Cabe agregar que nuestra infancia y adolecentes adquieren derechos inherentes a la persona humana, reconociéndosele como garantía, el cual va acompañado de un incremento progresivo de sus deberes y responsabilidades incluso penal en donde los padres, representantes y responsables tienen el deber de oriéntalos para contribuir en el desarrollo integral.

Igualmente, los niños, niñas y adolecentes tienen dentro de sus DEBERES

" (...) Honrar a la patria y sus símbolos; Respetar, cumplir y obedecer todas las disposiciones del ordenamiento jurídico y las órdenes legítimas que, en la esfera de sus atribuciones, dicten los órganos del poder público; Respetar los derechos y garantías de las demás personas; Honrar, respetar y obedecer a sus padres, representantes o responsables, siempre que sus órdenes no violen sus derechos y garantías o contravengan al ordenamiento jurídico; Ejercer y defender activamente sus derechos; Cumplir sus obligaciones en materia de educación; Respetar la diversidad de conciencia, pensamiento, religión y culturas; Conservar el medio ambiente; Cualquier otro deber que sea establecido en la Ley. (…)”
 Art. 93 LOPNNA.


Además de lo ya dicho, partiendo de la premisa que LA FAMILIA son los FORMADORES de la personalidad de nuestros hijos, nosotros (padres y madres) tenemos la obligación, de darle una educación adecuada, sabemos que muchos de nosotros por múltiples compromisos, descuidamos a nuestros hijo y los compensamos dándoles privilegios innecesarios, que en el día de mañana se convierten en personas prepotentes que sufrirán y harán sufrir a sus semejantes y otros simplemente se limitan al día a día y descuidan a sus hijos a la merced de la sola educación, que mal perciben a través de la televisión y “amigos”


En este contexto, dígame ¿Habrá posibilidad que nuestros hijos se conviertan en hombres y mujeres de bien?


Del anterior planteamiento se deduce que se debe evitar que se conviertan en especie de clones de los supuestos “artistas” de moda. Todo ello desagradable y vulgar, copiados de esos modelos ajenos a nuestras costumbres, los anula como personas y los convierte en piezas del montón. Mientras que el tener su propia personalidad, estilo y gustos, los hace diferentes y les permite destacarse.


En cuanto al flagelo de la inseguridad, los protagonistas ¿son? los más jóvenes. Entonces en el contexto de todo lo anteriormente dicho podemos concluir que los culpables somos todos, no podemos achicarles la responsabilidad únicamente a los encargados de la represión del monstruo, si fuimos nosotros los que lo edificamos. Significa entonces que LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLECENTE, ES UN ASUNTO VITAL.
 
 
Abg. Jose F. Monaza M.