sábado, 20 de febrero de 2016

Decálogo del Abogado Penalista de Eduardo Torres Bas (1962).



 No aceptes nombramientos de defensa sin tener plena conciencia o seguridad de que, por tus conocimientos y diligencias, la situación del imputado o los intereses confiados a tu custodia estarán perfectamente garantizados.

2º No te hagas cargo de una defensa cuando con anterioridad ha intervenido un colega, sin poner a éste en conocimiento de ello, a fin de subsanar cualquier inconveniente que se oponga al normal ejercicio de tu ministerio.

3º No hables nunca con un detenido que ya tenga abogado defensor, sin que éste conozca ello, y aquél en forma expresa requiera tus servicios, y menos para proponerle la revocación del nombramiento anterior, alegando una mejor defensa o disminución en el cobro de honorarios.

4º No propongas, ofrezcas o hagas declarar en el proceso a testigos  falsos, que no sólo se colocan en situación de ser acusados criminalmente, sino que con su actitud ofenden el decoro y la dignidad de la justicia.

5º No tergiverses los hechos o hagas argumentaciones inexactas tendientes a confundir al juez alejándolo de la verdad, aunque con ello creas mejorar la posición jurídica de tu defendido.

6º No hables al magistrado sobre la situación legal de tu cliente, máxime si la causa está a resolución, o entrevistes a técnicos o peritos tratando de obtener informes favorables.

7º No subrayes palabras o frases en declaraciones o constancias de los autos, pretendiendo destacar circunstancias que estimes convenientes, en un afán de impresionar o determinar una posición a priori del tribunal.

8º No trabajes con agentes judiciales a comisión, los que para obtener mayores ganancias hacen de la profesión un comercio formulando proposiciones a menor precio o quitando defensas a tus propios colegas.


9º No des propina o tanto por ciento de tus honorarios a empleados policiales o de las cárceles, a fin de que te procuren nuevos clientes, pues, aparte de denigrar la profesión, que sólo debes enaltecer, relajas la corrección y disciplina de la administración pública.

10º No llegues nunca al despacho de los jueces respaldado en la fuerza de la coacción política, si así lo haces, traicionas y agravias impunemente a la justicia.

Comentarios:
04141496119
@jmonaza.

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