Los juristas somos protagonistas
en cualquier sociedad, estamos involucrados en el patrimonio, en la libertad e
incluso en su tranquilidad metal somos los únicos autorizados para interpretar
la ley, por eso es deber de todo abogado su formación no solamente académica,
sino ética y moral.
En este sentido, es un deber
señalar mi posición en relación a las distintas circunstancias que pasan en el
país, debo mencionar sentencia 17-0649 de la Sala Constitucional del Tribunal
Supremo de Justicia, en donde le atribuye el acceso a todos los actos de
investigación que cursen ante el Ministerio Publico a la Defensoría del Pueblo,
La Fiscal Luisa Ortega Díaz señalo que es un desmontaje del Ministerio Publico marcando
que hay, “Terrorismo de Estado”.
Las Competencias de la
Defensoría del Pueblo están establecidas en el artículo 281 de la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), en la sentencia a la
defensoría del Pueblo además de defender los derechos humanos, se le atribuye
la facultad de acceder a las todas actas procesales, incluso imputar delitos,
actuar procesar y judicialmente, circunstancia errónea por cuanto el monopolio
de la acción penal en Venezuela es del Ministerio Publico (Articulo 285 CRBV).
Además este martes 27 de
junio de 2017, un inspector del Cuerpo de investigaciones Científicas, Penales
y Criminalística (CICPC), Oscar Pérez, sustrajo un helicóptero, sobrevoló en
Caracas y disparo contra la sede del Ministerio de Interior y Justicia y lanzo
cuatro (04) granadas en contra de la sede del Tribunal Supremo de Justicia, el
presidente Nicolás Maduro, informo que el incidente busca generar violencia en
el país, etiquetándolo como un acto terrorista, convirtiéndose Oscar Pérez, el
hombre más buscado del país, de ese hecho en particular, me llamo poderosamente
la atención es que la capital de la República Bolivariana de Venezuela estuvo
expuesta y la sede de los poderes estuvieron indefensos, cuando se permite el
sobrevuelo de una aeronave por más de treinta minutos y no existió capacidad de
respuesta.
En este mismo sentido, el
abogado Fermín Mármol, se inclina que la actuación del funcionario del CICPC
fue una movida individual producto de una patología de narcisismo, vista su
conducta previa, que hacen ver que tiene una conducta de egocentrismo, el mismo
se muestra como una especie de James Bond, todo para tener un connotación
pública o reconocimiento social.
Cabe decir que el país
actualmente está en una situación de crisis generalizado, y los juristas tenemos
el deber de ejercer plenamente nuestro oficio, protejamos nuestra patria
ejerciendo el verdadero derecho en las distintas área que estemos, en la
defensa, en la acusación, en la imparcialidad del juez o como funcionario publico...Entré Abogados
te veas, es un augurio bendito
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