En nuestro país, si bien es cierto en
todo el ordenamiento jurídico están establecido los derechos de las víctimas,
debemos analizar concienzudamente los siguientes principios Constitucionales tales
como: Presunción de Inocencia, In Dubio Pro Reo, Proporcionalidad Delitos/Penas, Irretroactividad de
Normas, Intervención Mínima. Todos estos principio ya
conocidos por los estudiosos del derecho sin lugar a duda, tienden a favorecer
al Infractor, delincuente, forajido, imputado o acusado, lo que trae a colación
la vulnerabilidad de la víctima frente un proceso que pareciera fuera diseñado
para burlar la justicia. Es allí donde entrar el estudio profundo de la “Victimologia” y su forma de
participación dentro del proceso que está garantizado por todo el Estado
Venezolano a través de sus instituciones (Ministerio Publico, Defensoría del
Pueblo, Asamblea Nacional, entre otras).
La “Victimologia”
es un término desarrollando desde mediados del siglo XX, específicamente por
sus precursores Von Henting y Beniamin
Mendelson, que estudia cual es el papel de la víctima con relación al
delito y las consecuencias que el delito ocasiona en las víctimas, los grandes
estudiosos en este tema enmarcan esta nueva dogmática de manera autónoma, vale
decir que se encuentra íntimamente relacionada con la criminología,
no obstante a los fines de darle importancia a la víctima en el proceso
penal, justifican su autonomía.
La víctima puede ser directa (Quien padeció el daño) e indirecta: (Quien no padeció el daño, - familiares-
pero sufre las consecuencias). Dentro de este extenso estudio, las
consecuencias de ser víctima son, la
victimización primarias quien sufre el perjuicio psicológico, físico o
patrimonial, la victimización secundaria
implica la experiencia posterior en relación con el sistema, esto sucede cuando
asisten a las instituciones del Estado y no se hacen eco de la denuncia, le
hacen perder tiempo, e incluso tienen la osadía de pedir dinero (funcionarios) para ejecutar su trabajo,
esta victimización secundaria sucede mucho en nuestro país, al punto que la
víctima se hace valer de un abogado de su confianza para no ser re-victimizada por el propio Estado.
En este mismo sentido se encuentra la victimización terciaria, vivida por el
“transgresor” quien posterior a estar sujeto a las reglas del Estado, la cual
tiene como función principal regenerarlo para la sociedad, sufre la marginación
institucional (hacinamientos, mal tratos
y retardo procesal) a través de su paso por la cárcel y cuando salen del
recinto penitenciario choca con las dificultades de un etiquetamiento social
que no lo ayuda a su reinserción.
A manera de colofón, la “victimología” estudia a las víctimas.
Aborda su personalidad individualmente (microvictimización) o en conjunto (macrovictimización)
se vale de distintas disciplinas tales como la sociología, la psicología, el
derecho penal y la criminología.
Comentarios:
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Muy buen artículo Dr. La víctimilogía es una disciplina que ha tenido un desarrollo importante los últimos años. Es necesario también recordar que de ella deriva la Victimo Dogmática, la cual toca aspectos tan interesantes, como la contribución de la víctima en la comisión del Delito... Saludos.
ResponderEliminarTienes toda la razón en ecuador, la victimodogmatica, es un área de profundo estudio, sobre todo para los fiscales del Ministerio Publico
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