En la litigación, se desarrolla una intuición;
parte de esa intuición es conocer el
razonamiento jurídico de cada juez, llegando a conocer, concebir y hasta
prevenir que va pasar en un determinado caso.
Quiero compartir algunos criterios jurídicos
de un juez penal, a ese juez, tienes que promoverle los medios de prueba (Fase
Intermedia) cinco días antes de la Audiencia Preliminar, no te esfuerces en
instruir con dictámenes que instituyan la admisión de prueba, en la propia
audiencia, porque no la va aceptar.
A ese Juez, en la Audiencia Preliminar, no te
va admitir para juicio, un acta policial
de aprehensión, Actas de denuncia y de
entrevistas. (Deber ser).
A ese Juez, los juicios son estrictamente orales,
este adiestra al secretario, en dejar solamente la formalidad de las
intervenciones de las partes, no deja por escrito lo que dicen.
A ese juez, si le llegan todos los medios de
prueba, ese día son evacuados, no te posterga en distintas audiencias
interminables.
A ese Juez, siempre va procurara el respeto
de las partes, emplazara al Ministerio Publico o a la Defensa, según sea el
caso.
Debo manifestarte que este excelente sabio y
diligente juez, fue vilmente asesinado por personas inescrupulosas, que no
entienden que solamente la función del juez es la de aplicar el derecho,
momento que nos permite a todos los del gremio de abogados a una profunda
meditación, de cuán difícil es nuestra profesión cuando se procura ser un buen jurista,
meditación que debemos internalizar para seguir luchando por que se conciba: LA JUSTICIA.
A la familia del Dr. Miguel Rafael Ledezma Gonzalez, sé que en estos momentos,
ninguna palabra es suficiente, sin embargo, les envió mis más sentidas
condolencias por el fallecimiento de este excelente hombre.
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@jmonaza
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