La Ley Orgánica del Servicio de Policía y del
Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana y en la Ley del Estatuto de la Función
Policial, recoge las obligaciones claras y precisas en materia de atención a la
víctima del delito y/o abuso de poder por parte de los funcionarios policiales.
Para el fiel cumplimiento de esta premisa, se
debe crea la oficina de atención a la víctima en los cuerpos de Policía, la
cual tendrán la obligación del trámite, registro, evaluación, asistencia y
protección de la víctima en los casos de abuso policial, estas oficinas deberán
estar ubicadas en un establecimiento independiente o separado de las
instalaciones policiales y estará conformada por un equipo interdisciplinario
con la formación adecuada para garantizar una atención oportuna y eficaz.
Estas dependencias deben identificar a la
víctima de abuso policial como aquellas que han sido objetas de delito, actos
arbitrarios o abusos cometidos por funcionarios policiales en ocasión del
ejercicio de sus funciones, garantizaran
los requerimientos de las víctimas, manteniendo un registro de estos
casos, teniendo como principios el acceso a la justicia, trato justo,
asistencia, celeridad e información.
Las oficinas de atención a la víctima, cuando
reciban denuncias por abuso policial, deben remitirlas a la Oficina de Control
de Actuación Policial del cuerpo de Policía correspondiente, a fin que se investiguen
los hechos y determinen las responsabilidades a que haya lugar. La oficina de
control de actuación Policial mantendrá informada a la oficina de Atención a la
víctima sobre el estado de la investigación y la decisión que se tomen,
garantizando su disponibilidad en caso de que la víctima la requiera.
Cuando los funcionarios y funcionarios
policiales en sus actuaciones transgredan las leyes y tratados por abuso de
poder, la oficina de atención a la víctima preparara un informe sobre
recomendaciones de apoyo y reparaciones a ser remitido a la dirección del
cuerpo policial para su consideración y decisión.
En conclusión, con la creación de las
oficinas de Atención a la Victimas, en los Cuerpos de Policía, se pretende
adecuar las buenas prácticas policiales, teniendo como premisa que toda la
ciudadanía tenga la información y orientación para que todos los funcionarios
cumplan con sus obligaciones.
Fuente:
Baquía Nº 8 El Espejo Nos habla. Consejo General de Policía.
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