Este tipo penal
establecido en el artículo 322 del Código Penal, Titulo VI “Delitos contra la Fe Pública”, Capitulo III “de la Falsedad de
los Actos y Documentos”, el objetivo jurídico de esta incriminación no es otro
que el de proteger la fe pública, susceptible de ser violada por el uso de
documento falso, aunque en su falsificación no hubiera tomado parte el usuario,
se trata de un delito de sujeto activo indeterminado, es decir cualquiera puede
perpetrarlo.
La Doctrina Penal es unánime en cuanto a que para
la configuración del delito de uso de documento falso, deben darse los
siguientes elementos: 1. Existencia de un documento público, auténtico o
privado, falso o alterado; se debe estar
en presencia de un instrumento ya
verificado como falso o alterado; 2. Conocer el sujeto activo tal
falsificación o alteración; a pesar de la existencia de ese documento el o los
involucrados deben tener conocimiento pleno de la falsedad concurriendo el elemento
de “la intencionalidad” debe existir el conocimiento de dicha falsedad, al no estar presente
dicho elemento mal puede considerarse que se pueda configurar los hechos dentro
de tal tipificación penal, es decir al no estar dado el elemento subjetivo no
se puede determinar cuál es el propósito con que este actúa 3. Hacer
uso de dicho documento; se haga uso del documento, que no es cualquier tipo de
‘uso’ sino aquél en sentido jurídico-penal, es decir, el que corresponde a su
destino legal.
El delito por consiguiente es imputable a título de
dolo genérico, representado por la libre y consiente voluntad de usar el
documento falso o alterado. La consumación ocurre cuando el agente hace uso del
documento.
En fin, cuando alguien lleva a cabo este comportamiento,
vale decir típico, y ese hecho llega a conocimiento del Estado a través del
Ministerio Fiscal, debe estar probado, ante todo si tal conducta efectivamente
encaja dentro de un tipo legal determinado.
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BUENOS DÍAS, EXCELENTE ARTÍCULO. TENGO UN HERMANO QUE, PARA MI VERGÜENZA, HA HECHO USO DE UN TÍTULO DE BACHILLER Y OTRO DE T.S.U. FALSOS DURANTE MUCHOS AÑOS. NO SÉ CÓMO HIZO? PERO CURSÓ ESTUDIOS JURÍDICOS EN LA U.B.V., AHORA ES ABOGADO Y, APROVECHÁNDOSE DE LA MINUSVALÍA DE NUESTRA MADRE, HIZO UNA CESIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS Y HASTA EL PATRIMONIO LE QUITÓ. TODO A ESPALDAS DE SUS OTROS HIJOS. DIOS LO PERDONE.
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